Declara CON LUGAR, la inhibición planteada por la ciudadana Dra. ANGÉLICA RIVERO BERMÚDEZ, en su carácter de Juez Presidente de esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, conforme lo establece el artículo 87 en concordancia con lo indicado en el artículo 86, numeral 7° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida contra los ciudadanos CARLOS ENRIQUE PEÑA QUEVEDO y DAVINDRA ISHRY PERSAUD QUEVEDO.