En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Octavo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano DOMIGO ANTONIO GARCIA MONTERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.375.343, contra la empresa "ORGANIZACIÓN TECNICA DE SEGURIDAD O.T.S C.A", ubicada en la avenida Universidad. Edificio Santana. Piso 09. Oficina 93. Caracas. Distrito Capital. SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada pagar a la parte actor la cantidad de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (BS. 11.451.267,96), por los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA la designación de un solo experto contable cuyos.....