A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal declaró la IMPROCEDENCIA EN DERECHO de decretar la Medida de Secuestro, sobre el inmueble distinguido con el número y letra A-1102, ubicado en el nivel 11 del edificio AZALEA I, situado en la Urbanización Boleita, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda; solicitada por la parte actora, dado que en el mencionado caso, no se verifican de forma concurrente los extremos legales exigidos para la procedencia de la misma, concretamente el periculum in mora.