Ahora bien, de la revisión exhaustiva realizada a las actas que conforman el presente expediente, observa esta sentenciadora que el ciudadano CESAR ALFONSO LARRAIN, dice actuar como Consultor Jurídico de STANFORD BANK, S.A., Banco Comercial, no constando en actas instrumento alguno que lleve a la convicción de este Tribunal que realmente el mencionado ciudadano tenga el carácter con que actúo en la transacción celebrada por ante la Notaría Pública Vigésima Séptima del Municipio Libertador del Distrito Capital, por lo que a juicio de esta sentenciadora, el mismo no tiene la capacidad para transarse en el presente juicio, en consecuencia, forzoso es para quien aquí decide NEGAR LA HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada entre las partes en fecha 07 de agosto de 2007. Así se decide.