Decisiones del dia 23/11/2007
N° Expediente :
AP51-S-2007-018195
N° Sentencia :
Fecha: 23/11/2007
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: JESUS RAFAEL SUAREZ CHOURIO Y MARBELLA MARGARITA MARQUEZ PUERTA
Resumen:
Es por lo que esta Juez Ponente número IX del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los apoderados de los ciudadanos JESUS RAFAEL SUAREZ CHOURIO y MARBELLA MARGARITA MARQUEZ PUERTA, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une. ASÍ SE DECIDE.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la PATRIA POTESTAD será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores; mientras que la GUARDA de las adolescentes (...) será ejercida por la madre.
Con respecto a la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA a efecto de cubrir gastos ordinarios relativos a vivienda, alimentación, vestido, servicio doméstico, electricidad, agua, aseo, gas y similares propios de las adolescentes, y los que durante cada me.....
Juez/Ponente:
Mary Emma Figueroa
Organo:
Sala Noveno de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2007-018978
N° Sentencia :
Fecha: 23/11/2007
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: JOSE MANUEL FARIAS Y KATIUSKA DESIREE CORREA AGUANA
Resumen:
Es por lo que esta Juez Ponente número IX del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos JOSE MANUEL FARIAS y KATIUSKA DESIREE CORREA AGUANA, plenamente identificados a los autos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, el cual fue contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio El Hatillo, Estado Miranda, el día veintiuno (21) de octubre del año 1999, ASÍ SE DECIDE.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la PATRIA POTESTAD será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores; mientras que la GUARDA del niño (...), será ejercida por la madre, ciudadana KATIUSKA DESIREE CORREA.....
Juez/Ponente:
Mary Emma Figueroa
Organo:
Sala Noveno de Juicio de Protección del Niño y Adolescente