ÚNICO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana BELXIS GIL GARCÍA, en su carácter de Defensora Pública 9o Penal del Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en contra de la decisión dictada en fecha 28 de Octubre de 2011, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, mediante la cual impone al adolescente de autos, la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el literal "g" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.