Fue practicada medida de embargo preventivo, sobre la cuenta corriente N° 01910052912152008720, hasta por la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 80.000.000,00), perteneciente a la sociedad mercantil R.K.M. SUMINISTROS S.A., del Banco Nacional de Crédito, Así mismo, por cuanto el monto embargado preventivamente no cubrió la cantidad decretada por el tribunal de la causa, la parte actora solicito al tribunal el traslado al piso 15 de la torre Delta sede de la demandada, lo cual el tribunal acordó en el acto.