CAPITULO IV
DISPOSITIVO.
Por lo cual este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de La sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2012, por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano MELQUIADES RAFAEL VERDECIA contra AUTOBRILLO 2004, C.A. en consecuencia se condena a la demandada al pago de la cantidad de Bs. Bs. 1.256,83, por concepto de diferencias de prestaciones sociales, así como al pago de los intereses de mora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los cuales deberán ser calculados desde el momento de la finalización de la relación.....