PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada FATIMA CURVELO MENDES, plenamente identificada en el encabezado del presente fallo, contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA (DEM).
SEGUNDO: Se ORDENA el pago de sus prestaciones sociales con sus intereses legales o capitalizables, así como los intereses de mora, de conformidad con lo establecido en el presente fallo.
TERCERO: Se NIEGA el pago del bono vacacional fraccionado correspondiente al año 2011, de conformidad con lo establecido en el presente fallo.
CUARTO: Se NIEGA el pago del bono de fin año fraccionado correspondiente al año 2011, de conformidad con lo establecido en el presente fallo.
QUINTO: Se NIEGA el pago el pago de la cantidad de ONCE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 11.500), "en virtud de la sanción que le fuere impuesta" a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura "por no haber discutido la contratación colectiva 2005- 2007", así como la ind.....