Por la razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 26-01-2011, por la Abogada EVERLIN DE LA CRUZ, Defensora Pública Primera Penal con Competencia Especial en Delitos de Violencia contra la Mujer, del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 19/01/2011, por el Tribunal Tercero de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y Sede, en la causa seguida al.....