Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 18 de octubre de 2011, por la abogada Rosa Salazar de Pineda, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.163.235, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 51.352, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente HOGAR Y FERRETERÍA GAMCA, S.A. En consecuencia se ANULA la Resolución N° 283-2011-07-140 de fecha 07 de julio de 2011, emitida por el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), en los siguientes términos:
Se ANULA la cantidad de MIL SETECIENTOS TREINTA BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.730,00), por concepto de aporte del dos por ciento (2%), previsto en el numeral 1 del artículo 10 de la Ley sobre el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), ya derogada en concordancia con el numeral 1 del ar.....