declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por la representación judicial de PROYECTA 57 INGENIEROS, C.A., antes identificada, contra la Providencia Administrativa N° 648-14, dictada por la Inspectoría del Trabajo en Miranda Este, en fecha 15 de septiembre del año 2014, con motivo al procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos, interpuesto por el ciudadano TOMAS SOTO contra la sociedad mercantil PROYECTA 57 INGENIEROS, C.A.
Por cuanto en la oportunidad correspondiente para decidir en presente asunto, dentro del lapso de treinta (30) días de despacho previstos en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, la ciudadana Jueza se encontraba de vacaciones debidamente aprobadas por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena la notificación de las partes, en el entendido que una vez conste en autos la notificación de la Procuraduría General de la República, comenzaran a transcurrir los ocho (08) días.....