declara CONSUMADO el convenimiento de la demanda que efectuase en fecha 21.03.2017, la abogada Deyanira Henríquez Sánchez, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos Reina Mercedes Terán de Navarro, Miryan Marina Doza Gómez, Doris Estrella Calvo Méndez y William José Antolines, en la pretensión de Nulidad de Asamblea, deducida en su contra por los ciudadanos Julio César Bustamante Padrón, Carmen Adriana Cantor Rincón, Zulay Marleny González de González y Larry Elioney Cáceres, procediéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil