DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: DECRETAR el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, por efecto de la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL en la presente causa a favor del ciudadano adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de 15 años de edad, Venezolano, Natural de Guanare, Estado Portuguesa, Indocumentado, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455 ordinales 4°, 5° y 9° del Código Penal Vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos, de conformidad con lo preceptuado en el numeral 8º del Artículo 48 en relación con lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal adminiculados con el literal “d” del artículo 561 de l.....