declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos Rómulo Gilberto Velásquez y Belkys Teresa Andrade Guerrero, debidamente asistidos por el abogado José Olivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil y, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual contrajeron en fecha 18.12.1992, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega del Municipio Libertador del Distrito Federal, según consta en la partida de matrimonio distinguida con el Nº 392, la cual corre inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa autoridad civil durante el año 1.992