En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano LUIS RAMON SALGADO HERNANDEZ contra la "ESCUELA DE FUTBOL CALASANZ", condenándose a esta última a pagar al referido ciudadano, las siguientes cantidades y conceptos: 1.- Por antigüedad: Bs. 10.995,83. 2.- Por vacaciones y bono vacacional vencidos 2011-2014: Bs. 11.200,00. 3.- Por vacaciones y bono vacacional fraccionados 2014-2015: Bs. 1.750,00. 4.- Por utilidades vencidas 2011-2014: Bs. 10.995,83. 5.- Por intereses sobre prestaciones sociales: Bs. 1.759,33. Para un total condenado a pagar a la parte actora de treinta y seis mil setecientos un bolívares (Bs......