en consecuencia, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, declara: LA PERENCIÓN en la demanda que por oferta real de pago presentada por la entidad de trabajo SERVICIOS ELECTRICOS ARCONTROL a favor del ciudadano JOSE ANTONIO CORTEZ GONZALEZ, Se declara concluido el presente procedimiento. Una vez de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA Y NOTIFIQUESE. Años: 208° y 159°.
La Juez,
La Secretaria,
Omaira Alejandra Uranga Bolivar
Nakary Pérez