DISPOSITIVO
Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales, intentada por el ciudadano LAZARO ARTURO BARRIOS RAVELO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificado con la cédula de identidad identificada con el Nro. V- 2.900.936 en contra del BANCO PROFESIONAL, C.A., debidamente registrado en el Registro de Comercio llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 28 de julio de 1989, bajo el N° 132, folios 24 al 40, Tomo 0. (En proceso de liquidación por parte del Fondo de Garantía de Dep.....