El Tribunal vista las exposiciones anteriores, y en cumplimiento de la misión que fuera encomendada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA ¿ SALA DE JUICIO ¿ JUEZ UNIPERSONAL NO. 04, procede a declarar embargado preventivamente el cincuenta por ciento (50%) de las cantidades dinerarias que por conceptos de salarios, bonos, vacaciones, utilidades, prestaciones sociales, fidecomiso, antigüedad y demás conceptos laborales que percibe el ciudadano GUSTAVO JOSE TORRENT BRACHO, titular de la cédula de identidad N° 7.860.801, como trabajador de la empresa notificada