...declara sin lugar la solicitud de la Fiscalía Centésima Trigésima (130º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, por improcedente al no ser aplicable el mandato de conducción a los investigados que presenten conductas reticentes para la celebración del acto de imputación, de conformidad a lo establecido en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, finalmente y vista la solicitud de las actuaciones emitida por el Ministerio Público, se ordena su remisión inmediata lo que no obsta para que las partes recibida la notificación de la presente decisión sea recabada las actuaciones con el objeto de la tramitación en caso de la interposición de algún recurso presentado por las partes.