. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo se deja constancia que la Jueza le devolvió a las partes las pruebas aportadas al inicio de la Audiencia Preliminar. Igualmente se elaboran 04 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
La Jueza
Abg. Vilma Leal
El Apoderado de la Parte Actora y la parte actora.
El Apoderado de la Demandada.
El Secretario.
Abg. Oscar Rojas