DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Nulas todas las actuaciones ocurridas en el juicio a partir del día 02 de mayo de 2024, inclusive, salvo el abocamiento de quien suscribe al conocimiento de la presente causa, de fecha 09 de agosto de 2024 y la publicación del edicto dirigido a los terceros interesados, cuyas publicaciones fueron consignadas a los autos en fechas 25/10/2024, 06/11/2024, 13/11/2024 y 05/12/2024, así como la nota de secretaria de fecha 15/01/2025.
SEGUNDO: Se repone la causa al estado de que la defensora judicial de los herederos de la sucesión del De Cujus PASCUALINO LAMANNA MARTUSCELLI, manifieste su aceptación o excusa al cargo recaído en su persona y, en caso afirmativo, preste el ju.....