este Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control, Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Este Tribunal ratifica la admisibilidad total del escrito acusatorio y de la calificación jurídica dada a los hechos por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto en el artículo 405 del Código Penal, así como de las pruebas promovidas en el escrito acusatorio, por considerarlas útiles, necesarias y pertinentes, siendo el Juez de Juicio que le corresponda conocer de la presente causa, quien las apreciará para su valoración. En consecuencia se ordena el enjuiciamiento del adolescente ante mencionado. SEGUNDO: Se acuerda mantener las medidas cautelares contenidas en el artículo 582 literales “b” y “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Ad.....