Omitida), respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se acuerda Oficiar al Jefe de la División de Investigación y Protección en Materia del Niño, Adolescente, Mujer y Familia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de que funcionarios adscritos a la misma, localicen, aprehendan y trasladen hasta la sede de este Tribunal los mencionados adolescentes. TERCERO: Se acuerda Oficiar al Director del Complejo Carolina Uslar a fin de que se sirva remitir a la sede de este Juzgado a la brevedad posible informe de Fuga detallado de referidos adolescente. CUARTO: Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.