DECISION
En virtud de los razonamientos expuestos y el derecho invocado, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la representación judicial de la Sociedad Mercantil Navegaciones Danas, C.A., abogada en ejercicio Francia Palencia, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 83.660.
SEGUNDO: Se revoca parcialmente el auto de fecha primero (1) de agosto de 2014, dictado por el juez del Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, por lo que se admiten las pruebas de inspección extrajudicial, como se desprende de la motiva del presente fallo.
En virtud de la naturaleza del presente fallo, por haber sido declarada parcialmente con lugar la apelación, no hay especial condenatoria en costas.