SE REVOCA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se ordena al Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, para que, en los términos anteriormente señalados, proceda a emitir nuevo pronunciamiento acerca de la admisión de la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano MAIKEN ALEXANDER COLMENARES, contra la empresa MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL), ambas partes plenamente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en la parte in fine del artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no hay condena en costas. ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Remítase el expediente por medio de oficio, dirigido al originario Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, una vez firme esta sentencia en la oportunidad.....