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Decisiones del dia 24/10/2018

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP71-R-2017-000231 N° Sentencia : Fecha: 24/10/2018
Procedimiento:
Nulidad De Contrato
Partes:
BELMIRO MARQUES DE OLIVEIRA Y MARÍA LAURINDA DA SILVA DE MARQUES
Resumen:
En ese contexto, este Juzgado constata que los ciudadanos BELMIRO MARQUES DE OLIVEIRA y MARÍA LAURINDA DA SILVA DE MARQUES, otorgaron poder general entre otros al abogado JUAN ERNESTO GARANTÓN HERNÁNDEZ, en el cual se evidencia que le fue dada la facultad para desistir (f. 280 y 281, Pieza II), por lo que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, siendo ello así, se considera ajustado a derecho el desistimiento realizado por el referido abogado, no existiendo impedimento alguno para su HOMOLOGACIÓN y dar por consumado ese acto con todos los efectos de Ley. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.-
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP71-R-2017-000231 N° Sentencia : Fecha: 24/10/2018
Procedimiento:
Recurso De Casación
Partes:
JULIA EMILIA DÍAZ DE BIRG, MORELLA BIRG DÍAZ Y GILDA BIRG DÍAZ
Resumen:
En atención, a lo antes expuesto y luego de una revisión de las actas procesales que conforman el expediente se desprende que el libelo fue presentado en fecha 16 de julio de 1997, siendo estimada la demanda en la cantidad de QUINIENTOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 500.000.000, oo), observándose que para dicha fecha, la cuantía que se exigía para acceder la casación era la que excediera de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,oo), de conformidad con el Decreto Presidencial N° 1.029, vigente a partir del 22 de abril de 1996, en el caso de autos, el monto reclamado en la demanda sobrepasa el equivalente a la cantidad requerida a los efectos de la admisión del recurso de casación, todo lo cual conlleva a establecer que en el sub iudice, se cumple con el precitado requisito de la cuantía, en consecuencia, se ADMITE el recurso de casación anunciado en fecha 22 de enero de 2018, por el representante judicial de la parte actora contra la sentencia dictada el día 19 de diciembre de 2017. A.....
Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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