DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado Carlos Alberto Guevara Solano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 28.575, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES PICO DULCE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital, en fecha 09 de octubre de 1991, bajo el número 5, tomo 17-A-Sgdo, propuesta contra la juez CAROLINA MARÍA GARCÍA CEDEÑO, Juez Novena de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en los ordinales 10º y 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.