este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción; salvo en lo referente a la manifestación de la parte Oferida de desistir de ejercer cualquier acción en contra de la Oferente, de acuerdo a lo contentivo en la cláusula novena de la transacción; cuyo monto fue por Bs.F.30.876,48; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Igualmente, se ordena librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones, a objeto de informarle que se dejó sin efecto oficio de fecha 19-11-2010. Asimismo, se acuerda expedir copias certificadas a las partes, de conformidad con el numeral.....