Por los fundamentos antes expuestos, este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares incoada por el ciudadano EUGENIO PALACIOS contra las ciudadanas ROSA CRISTINA ESCALONA DE PALACIOS y JESSIKA CRISTINA PALACIOS ESCALONA, ambas partes identificadas al comienzo de esta decisión, en consecuencia, se condena a estas últimas a pagarle al demandante la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 300.000,00), equivalentes a TRESCIENTOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 300.000.000,00) según la vieja escala monetaria, que es la suma por la cual fue emitido el cheque. Se ordena la indexación de esta suma desde el 13 de abril de 1999, fecha en que se dictó el auto complementario de admisión de la demanda, hasta el día en que quede firme esta sentencia, tomando como base de cálculo el Índice de Precios al Consumidor para el Área Metropolitana de Caracas p.....