Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer, en primer grado de jurisdicción, de la acción de amparo constitucional interpuesta por el profesional del derecho ENZO PISCITELLI, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 33.667, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EVELYN FRANCIS MARTÍNEZ MARÍN, titular de la cédula de identidad Nº V-6.889.215, contra la sociedad Mercantil CEMTRO MÉDICO CAMURIBE, C.A.
2. ADMITE la presente acción de amparo constitucional autónomo. En consecuencia, se ordena:
2.1. CITAR al ciudadano CARLOS MEDINA CARINBOCA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.955.071, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil CENTRO MÉDICO CAMURIBE, C.A. y NOTIFICAR al Ministerio Público, según lo establecido en.....