este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre parte demandada CORPORACION ADWE C.A. y la parte actora la ciudadana YLENA NUZZO CAMPAGNA, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos. Finalmente se da por terminado el presente asunto, se ordena el archivo definitivo y su cierre informático.-
El Juez
La Secretaria
Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abg. Gloria Medina