este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda contencioso administrativa, incoada por la entidad de trabajo EVEREADY DE VENEZUELA, C.A. contra el acto administrativo contenido en la Certificación Médica N° 0393-09 de fecha 25 de noviembre de 2009, dictada por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) a través de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT). SEGUNDO: Se ordena la notificación de la parte recurrente de la presente decisión, dejándose constancia que una vez conste en autos por el alguacil la practica de su notificación, comenzará a computarse el lapso para que ejerza los recursos que considere en contra de la misma.