SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por FREDDY ENCARNACION URBINA LLAMOSA, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No.6.274. 562, representado judicialmente por el ciudadano HARO VILLAGOMEZ JOSÈ, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 55.935, en contra de ITALCAMBIO CASA DE CAMBIO C.A y solidariamente al ciudadano CARLOS DORADO, titular de la cedula de identidad 6.967.434, representado judicialmente por su apoderada judicial la ciudadana ANA CAROLINA MARTINS DE ABREU, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 130.081. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.