CUARTO
DISPOSITIVA
Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha 12-02-2009, por la ciudadana KELLYS PÉREZ GARCÍA, en su carácter de Defensora Pública Nº 2° de Adolescentes, en contra de la decisión dictada en fecha 05-02-2009, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Nº 9 de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, por no existir los plurales y concordantes elementos de convicción elementos exigidos por el ordinal 2º del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia acuerda la libertad sin restricciones del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). No obstante la Fiscalía deberá seguir la investigación de conformidad con lo establecido en el pronunciamiento primero de la decisión.