PRIMERO: ADMITE de conformidad con lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados JUAN MARTIN ECHEVERRIA PRICES y JUAN VICTOR GONZALEZ, quienes aducen ser los Defensores Privados del ciudadano MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ VEGA, en contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 23 de febrero de 2010, mediante la cual decretó la nulidad del acto mediante el cual fueron designados y juramentados los Abogados Juan Martín Echeverría Prices, Jesús Alejandro Loreto y Juan Víctor González, de conformidad con lo establecido en los artículos 190, 191, 195 y 196 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE como medios probatorios la "prueba documental... video en el que consta que la Fiscal General de la República expresamente afirmó... que efectivamente se había comisionado a un fiscal (sic) del Área Metrop.....