Vista la diligencia de fecha 18 de marzo de 2010, suscrita por la abogada MERCEDES BENGUIGUI, IPSA N° 24.956, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual desiste de la Apelación ejercida en contra del auto de admisión de Pruebas de fecha 24-02-2010, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; al respecto esta Alzada Homologa el presente desistimiento en los términos en que el mismo fue propuesto y en consecuencia ordena la inmediata remisión del recurso el N° AP21-R-2010-000300; el cual guarda relación con en el asunto N° AP21-L-2009-004400; al Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; a los fines de la continuación procesal de la presente causa, Todo ello en el juicio por Prestaciones Sociales incoado por el ciudadano BETULIO LUIS BERGEL contra DISTRIBUIDORA YAMONCA. C.A.