Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano FELIPE AUGUSTO SUAREZ RUIZ, titular de la cédula de identidad N° V- 3.726.874, quien funge como víctima en la presente causa, asistido por el abogado ARGENIS GIL ALFONZO, Inpreabogado bajo el Nº 25.245, en contra de la decisión dictada el 5 de febrero de 2015, por el Juzgado Décimo Octavo (18º) Itinerante de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano PEDRO RIVAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Respecto a los escritos de contestación presentado.....