"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 13 al 20 y presentado por la ciudadana GIULIA ORTIZ, titular de la C.I. V-18.186.195, asistida por el Abogado ALEXIS ORTIZ, IPSA Nº 33.916, en su carácter de parte oferida y la oferente ASPEN VENEZUELA, C.A., en la persona de su abogado CESAR FREITES, IPSA Nº 108.271, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de QUINCE MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs.15.829,30), la que es pagada mediante un Cheque del Banco Banesco, el primero Nº 16555162, de fecha 23-02-2015, a nombre del trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabaj.....