Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabaja del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: Primero: Se establece como estimación definitiva por Intereses de Mora e Indexación, la suma total de Bolívares dos millones doscientos noventa y nueve mil quinientos noventa y uno con 87/100 céntimos (Bs. 2.299.591,87); la cual deberán pagar las Entidades de Trabajo, "HOSPITAL DE CLÍNICAS CARACAS, C. A". y "CENTRO DIAGNÓSTICO DOCENTE LAS MERCEDES, C. A.", en favor de los trabajadores demandantes