NIEGA la Medida Preventiva de Secuestro, solicitada por la abogada Elsa Rueda Correa, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Gabriela Gouveia de Pestana, en la pretensión de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, deducida en contra del ciudadano José Luis González García, por no encontrarse llenos los extremos legales establecidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil