declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el ciudadano RAMÓN GUADALUPE OLLARVES NARANJO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.119.676, debidamente asistido por su apoderado judicial el abogado LEOPOLDO CADAVÍD, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 2.996, contra la decisión dictada en fecha 20 de diciembre de 2012 por el Juez del Tribunal Primero (1ero) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en el asunto principal signado con el número AP51-V-2010-000199, por los razonamiento de hecho y de derecho expuestos en la parte motiva del presente fallo, y así se decide.
SEGUNDO: Se modifica el fallo dictado en fecha veinte (20) de diciembre de 2012, por el Juez del Tribunal Primero (1ero) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, en lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar en beneficio del niño ISAACK FRANCISCO, el cual se realizará de la siguiente manera:
(DESDE EL NUMERAL 1 HASTA EL N.....