DISPOSITIVA
Con fuerza a todo la antes expuesto esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, pasa de seguidas a emitir el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR, los recursos de apelaciones interpuestos con fundamento en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por los abogados ALEJANDRO TERAN MARTINEZ y HERIBERTO DURAN ORTIZ, defensores privados de los imputados LUIS ALFREDO TORO RAMIREZ y JUAN ANDRES SOSA BRANGER, y por el imputado JUAN MANUEL PERRET-GENTIL MIJARES, asistido por su defensor privado HECTOR ORLANDO MONAGAS RODRIGUEZ, y en contra de la decisión dictada en fecha 29 de noviembre del 2006, por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó a los imputados antes mencionados medida cautelar, .....