En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano ROGELIO REY CASTRO y la empresa INVERSORA LODEIRO & BLANCO S.R.L..; en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada.-