Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por la ciudadana ZOBEIDA MARIA LORENZO RAMIREZ, en contra de los ciudadanos CARLOS ENRIQUE COLMENARES SARMIENTO, BETTY MARIA AFANADOR DE COLMENARES, JUAN PLACIDO ROJAS LOPEZ y FLOR ANGELICA COVA DE ROJAS, ambas partes plenamente identificadas ab-initio, y como consecuencia de ello se resuelve el contrato de Opción Compraventa, suscrito entre las partes en fecha 29 de marzo de 2007, por ante la Notaría Pública Primera del Municipio Sucre del Estado Miranda, anotado bajo el Nº 45, Tomo 43, sobre el inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda distinguido con el Nº 33, ubicado en el piso 9 del Edificio denominado Residencias Buenos Aires, el cual .....