Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la representación judicial de la parte actora, abogada MARLENE HERNÁNDEZ CASARES, contra la sentencia dictada en fecha 21 de abril de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 10º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la caducidad de la acción, opuesta por el abogado ALEJANDRO NIEVES LEAÑEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada.
TERCERO: CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordina.....