CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 22 de noviembre de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA la recurrida actuación en los términos que indica el anterior capítulo y, en consecuencia se ordena al Tribunal de la causa, admitir la prueba de cotejo solicitada por la parte demandada.ASI SE DECIDE.
TERCERO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condena en costas. ASI SE DECIDE.