En consecuencia de todo lo antes expuesto, este Tribunal Retasador, retasa los honorarios profesionales de JOSE MARTIN SERRANO PEREZ y CARLOS MARTINI MEZA, en la cantidad de DIECISISETE MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 17.200.000,oo), la cual una vez reajustada como sea, de conformidad con lo ordenado por este Juzgado, es decir, mediante experticia complementaria del fallo en la que los peritos deberán tomar en cuenta los puntos de base indicados en la decisión de 21/03/2007, que deberá ser cancelada por la intimada BERTA PERGER CARREÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°-V-5.138.856, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que sea consignada en autos las resultas de la experticia que se ordenó realizar. Así se decide.-