Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 11 de mayo del año 2007 , no se ha dado impulso procesal al mismo, y hasta la presente fecha de hoy 25 de junio del año 2008 ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Trigésimo Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Solicitud de calificación de Despido sigue la ciudadana Caridad Coromoto Cabrera Marcano contra Suelas Integrales Nacionales Intersuelas , C.A A Así se Establece.-