Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO formulado por los abogados IRAMA M. CALCAÑO MONSALVE y ALFREDO J. PIETRI GARCÍA, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora del BANCO MERCANTIL, C.A, (BANCO UNIVERSAL), por estar plenamente autorizados por su poderdante para realizar el desistimiento formulado, por no ser contrario a derecho, al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, versa sobre derechos disponibles y no afecta a terceros beneficiarios de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular primero, se ordena la devolución de los documentos originales, previa su certificación por Secretaría, y devueltos como sean se ordena la remisión del Exped.....